martes, 25 de noviembre de 2008

Marcos, un testigo de Jehová español de 13 años que murió por rechazar una transfusión


La polémica creada recientemente en torno a la decisión de una adolescente británica de rechazar un tratamiento necesario para seguir viviendo ha sacado a la luz un caso que sucedió en España hace unos años, con un niño testigo de Jehová que acabó muriendo. “En España hubo un 'caso Hannah': se llamaba Marcos y era testigo de Jehová”, afirma el diario El País, que publicó el siguiente artículo para recordarlo.

Las imágenes de Hannah Jones, de 13 años, rodeada de peluches en su habitación y dando explicaciones de los motivos por los que prefiere morir rodeada de los suyos a someterse a un trasplante de corazón de eficacia dudosa, se colaron el miércoles pasado en las casas de medio mundo a través de los informativos. "Hay demasiados riesgos. Podría no salir bien y quedarme peor de lo que estoy ahora", explicaba con asombroso aplomo. "Además, los médicos no pueden asegurar de forma científica que si acepto el trasplante me curaré", añadía mirando a la cámara con su cara pecosa.

La cuestión habría estado fuera de toda discusión si se hubiera tratado de un adulto. El Convenio del Consejo de Europa de Derechos Humanos y Biomedicina de 1997, con rango de ley en todos los países miembros, establece con claridad que cualquier paciente puede rechazar el tratamiento propuesto por los médicos sin necesidad de justificar su decisión. Es una opción que entra dentro de la autonomía de cada persona y que se puede llevar al extremo, siempre que, evidentemente, se esté en plenitud de facultades mentales.

¿Qué sucede cuando se trata de un menor? El rechazo de pacientes a someterse a un trasplante "ha ocurrido y ocurre con cierta frecuencia en España", según el director general de la Organización Nacional de Trasplantes, Rafael Matesanz, pero no hay referencias de ningún adolescente. Tampoco recuerda Marcelo Palacios, presidente del Comité Científico de la Sociedad Española de Bioética, episodios similares en el extranjero. A Hannah, enferma del corazón debido al arsenal terapéutico que se le ha administrado durante los ocho años que lleva combatiendo una leucemia, se le ha respetado su voluntad al considerarse que tiene la madurez suficiente para tomar decisiones que afecten a su enfermedad y su vida. Ésta es la cuestión: determinar hasta qué punto un menor tiene criterio para que su opinión sea considerada.

Sin ser exactamente igual a lo sucedido con la adolescente inglesa, España tuvo su propio caso Hannah. Fue en 1994 y su protagonista se llamaba Marcos Alegre Vallés, un chaval que vivía en la localidad de Ballobar (Huesca). Existen puntos en común entre ambos: los dos tenían 13 años y padecían una leucemia. Sin embargo, también hay importantes diferencias: Marcos era testigo de Jehová, razón por la cual se resistió a ser transfundido, y su caso no sólo llegó a los tribunales, sino que acabó en el Constitucional.

El origen de todo estuvo en la caída en bicicleta del chico mientras paseaba por su pueblo. Como consecuencia del accidente sufrió una hemorragia nasal que alertó a sus padres. Tras someterlo a distintas pruebas se le diagnosticó una leucemia y se le prescribió una transfusión, momento en el que comenzaron los problemas ya que su religión prohíbe esta práctica tajantemente.

Ante la negativa de los padres, los médicos del hospital Arnau de Vilanova de Lleida pidieron amparo judicial para combatir la anemia de Marcos. Sus progenitores acataron la decisión, pero no el chaval. Rechazó la transfusión "con auténtico terror, reaccionando agitada y violentamente en estado de gran excitación", según relataron los médicos, que prefirieron no seguir adelante ante el riesgo de empeorar su estado y provocar una hemorragia cerebral. La salud de Marcos se fue agravando progresivamente hasta caer en estado de coma. Tras una nueva autorización judicial, finalmente fue transfundido, pero la sangre llegó demasiado tarde. Falleció poco después.

Después de un largo recorrido por los tribunales, el Constitucional se pronunció sobre el caso en 2002. Por un lado, anuló una condena del Supremo de dos años contra los padres por no haber convencido a su hijo de que aceptara el tratamiento. Pero lo más relevante fue que los magistrados apreciaron que el chico tenía derecho a oponerse al acto médico.

Marcos, según la sentencia, "expresó con claridad", en ejercicio de su libertad religiosa, una voluntad que consistía en no aceptar transfusiones de sangre. Y le reconoció juicio suficiente para actuar de esta forma. O, en palabras de Yolanda Gómez Sánchez, catedrática de Derecho Constitucional de la UNED y especialista en biomedicina y derechos humanos, el sentido del dictamen era que "toda persona tiene derecho a la autonomía personal y a decidir sobre su propia realidad física". También los menores, si tienen el suficiente criterio.

Esta tesis entronca, por un lado, con la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por las Naciones Unidas en 1989, que en su artículo 12 conmina a los Estados firmantes a garantizar al niño "el derecho a expresar su opinión libremente en los asuntos que le afectan, teniéndose en cuenta sus opiniones en función de la edad y la madurez". Por otro lado, enlaza con el Convenio de 1997 y toda la normativa emanada de esta directiva europea, que cada vez da más peso a la opinión del menor respecto al tratamiento que se le ha de administrar. Pero, además, la sentencia se adelantó a la ley española 41/2002 de Autonomía del Paciente, que consagra estos conceptos y se publicó meses después.

Primero, en su artículo 2.4, que reconoce a todo paciente "el derecho a decidir libremente, después de la decisión adecuada, entre las opciones clínicas disponibles". Y, más adelante, en el apartado del consentimiento informado, otorgando voz a los menores en función de su madurez. Por debajo de los 12 años, la ley no presume capacidad de elección. La decisión es de sus padres o tutores, "aunque habría que preguntar a los niños, no porque sea relevante jurídicamente su postura, sino para que los padres la tengan en cuenta", en opinión de Yolanda Gómez. A partir de los 16 años, la opinión que prevalece es la del menor, aunque sus padres tengan la patria potestad. "Sería muy extraño que un juez le diera la razón a sus padres a estas edades. La madurez es total; los menores tienen incluso responsabilidad penal", apunta esta jurista.

Pero entre los 12 y los 16 años, edades entre las que se encuentra Hannah y en las que estaba Marcos, la cosa se complica. En estas edades, la ley dice que el consentimiento lo dará el representante legal del menor "después de haber escuchado su opinión si tiene 12 años". La decisión es de los padres, pero existe la obligación de escuchar a los hijos y de valorar su capacidad de juicio.

Una vez más, y pese a que la ley acota las edades -algo que no hace la declaración de la ONU- todo pivota sobre la madurez. Pero, ¿cómo se mide esta facultad? Para Sabel Gabaldón, jefe de psiquiatría del hospital infantil Sant Joan de Déu de Barcelona, no hay madurez, sino madureces. "Hay que preguntarse para qué tiene juicio un niño. Quizás pueda decidir sobre un tratamiento médico concreto del que tenga conocimiento y vivencias suficientes, pero no sobre otras facetas de su vida, la sexualidad por ejemplo. O incluso carecer de criterio para decidir sobre otras cuestiones sanitarias", apunta Gabaldón, que también coordina el comité ético de su centro.

A la hora de evaluar la madurez, María Victoria del Barrio, profesora del Departamento de Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos de la Facultad de Psicología de la UNED, se fija sobre todo en tres aspectos. El dominio de las emociones, la actitud a la hora de plantearse y resolver problemas y la capacidad de reconocer sus errores. Esta investigadora sobre emociones infantiles sostiene que, en general, la mayoría de los niños entre 12 y 16 años son inmaduros. "Viven entre algodones, protegidos por sus padres, no aceptan la más mínima contrariedad". A Sabel, que no comparte esta generalización, lo que más le interesa es determinar hasta qué punto el chaval es capaz de asimilar la información que se le transmite, si la puede manejar racionalmente y puede anticiparse a los riesgos o beneficios que se derivan de ella.

Si en este rango de edad, entre 12 y 16 años, la opinión del menor y los padres coincide, no hay ningún problema. Es lo que ha sucedido con la adolescente inglesa y la postura que ha prevalecido, a pesar de las resistencias que encontró en los facultativos. Si no están de acuerdo, "a pesar de que la ley no indica nada, los médicos suelen acudir al juez", comenta Yolanda Gómez, que hasta el 31 de diciembre pasado perteneció al Comité Internacional de Bioética de la Unesco. "Lo normal es que lo hagan ad cautelam, es decir, que para guardarse las espaldas trasladen este tema al comité ético del hospital y que éste o la administración sanitaria autonómica lo eleve a los tribunales", explica.

No todos los juristas comparten totalmente estos planteamientos. El jesuita Carlos Romeo Casabona, director de la cátedra de Derecho y Genoma Humano de la Universidad del País Vasco y Deusto no pone ninguna objeción a que los testigos de Jehová rechacen transfusiones a partir de los 18 años. Sin embargo, por debajo de esta edad tiene sus dudas. "Si los padres se niegan, el juez debe ordenar a los médicos que transfundan al menor cuando ellos lo consideren necesario". Romeo Casabona es consciente de que este planteamiento choca de lleno con la sentencia del Tribunal Constitucional, que no comparte: "A los 13 años no se puede reconocer la suficiente madurez para tomar una decisión vital", sostiene.

Hannah se ha negado a recibir un tratamiento que, en el mejor de los casos, puede prolongar su vida, pero que no va a curar su leucemia. Cuestión muy distinta es si hubiera solicitado acabar con su vida. En España, la eutanasia está prohibida, aunque el ministro de Sanidad, Bernat Soria, ha anunciado su intención de revisarla esta misma legislatura.

Tratamiento de este tema en jornadas formativas

Por otro lado, las I Jornadas Sobre Donación que se han desarrollado en Puertollano, organizadas por la Hermandad de Donantes de Sangre de esta localidad, han contado con diversas ponencias sobre este tema, según informa La Tribuna de Ciudad Real. Destaca la impartida por la directora del Banco de Sangre de la Comunidad de Madrid, Luz Barbolla, así como por Eloy Sancho, jefe del Servicio de Cirugía General del hospital Santa Bárbara, que abordó el rechazo de la administración de hemoderivados por parte de los testigos de Jehová.

Fuente: Info-RIES nº 107 (22/11/08).

1 comentario:

Unknown dijo...

No murio por una decision de padres, hay doctores muy profesionales que hacen cirujias sin transfusiones de sangre, nosotros somos ignorantes al no tener conocimiento de estos metodos.