lunes, 13 de julio de 2009

La Justicia española condena a un santero cubano a tres años de cárcel por estafar 12.000 euros a dos hermanas


El magistrado de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón, Bernardo Donapetry, ha condenado a tres años de prisión al hombre de nacionalidad cubana, P. B. M, acusado de estafar 12.000 euros a dos hermanas, aprovechándose de la minusvalía de éstas y provocándoles 'inquietud' y 'temor' por medio de ritos de santería, mientras que absuelve al ex marido de una de ellas, según el fallo judicial al que tuvo acceso Europa Press.

De acuerdo a la sentencia, el imputado, tras comprobar que eran personas 'claramente influenciables y manipulables por lo limitado de su capacidad intelectual', inició una serie de actuaciones encaminadas a ganarse su confianza, por un lado, y, por otro, 'obtener de las mismas y de sus familiares más próximos cantidades importantes de dinero', para beneficio propio.

Un accidente de tráfico sufrido por una de las hermanas, M.M.C.M, y su marido, en el que ambos resultaron ilesos, sirvió al acusado para convencerles que 'los muertos querían que ellos fueran por el camino de la santería'. A partir de ahí les fue exigiendo dinero para evitarles diversos males, desde que el padre de las dos hermanas falleciera en el quirófano hasta que la madre, ya fallecida, hiciera daño a su padre.

Todo ello lo aderezaba el acusado, según el fallo judicial, con sacrificios de animales de los que bebía la sangre o con la entrega de 'prendas', como así llamaba el imputado a una especie de amuletos, consistentes en 'macetas atravesadas por palos o cocos con ojos y orejas dibujadas'.

La sentencia coincide con la petición de cárcel de la Fiscalía, mientras que la acusación particular, ejercida por la letrada Verónica Ríos Suárez, había solicitado siete años de prisión --cinco años por un delito continuado de estafa y dos años por obstrucción a la justicia--.

El acusado deberá asimismo indemnizar al padre de las hermanas y a una de ellas en 17.550 y 18.959 euros, respectivamente, muy por debajo de los 120.000 euros que solicitó Ríos Suárez. Las otras cantidades entregadas no pudieron ser demostradas, según el magistrado.

Además, el fallo judicial absuelve al ex marido de una de las víctimas, para quien la acusación particular solicitaba cinco años de prisión al imputarle ser cómplice de la estafa. El ex marido defendió durante el juicio al acusado de la estafa.

Por otro lado, el magistrado no cree suficientemente probado que el acusado amenazase a una de las hermanas para que retirase la denuncia y tampoco considera que se pueda hablar de delito continuado o de estafa agravada, al ser la cantidad mayor entregada al acusado de 8.450 euros.

Durante la vista oral, celebrada el pasado 28 de mayo, el imputado, además de negar la realización de ritos de santería, manifestó que 'tan sólo había coincidido tres veces con las demandantes'.

Por su parte, las hermanas, que padecen ambas un grado alto de minusvalía mental que roza la 'oligofrenia', declararon en su día que P. B. M se aprovechó de su situación y mediante 'artimañas' y con la complicidad del ex marido de una de ellas, les robó una cantidad de dinero que asciende a 120.000 euros.

El magistrado destaca en la sentencia la consistencia en la declaración de ambas hermanas, que mantuvieron siempre la misma versión frente a las 'contradicciones' del imputado, que cambió la declaración inicial hecha en los juzgados, al asegurar en el juicio no tener trabajo en el momento de los hechos y no haber recibido dinero de las hermanas, así como que obtenía ayudas económicas de amigos a los que echaba las cartas.

La acusación particular sostuvo durante el juicio que los hechos ocurrieron a mediados del año 2003, cuando el acusado P. B. M., conoció por mediación de su mujer a M. C. M., al ser ésta aficionada a la astrología y dedicarse el primero a predicciones de ese tipo. El contacto comenzó echándole éste las cartas en alguna ocasión.

De éste modo, según la letrada de la acusación, fue como el procesado tuvo conocimiento tanto de lo deteriorado del matrimonio de M. C., como de la incapacidad intelectual de la familia, de su dependencia emocional (muerte de su madre) y de su vulnerabilidad afectiva (por el historial de vida que tenían).

El ex marido, desde que conoció a P. B. M., según la acusación particular, 'se convirtió en cooperador necesario en la labor de engañar a su familia política, hasta que consiguió que les entregaran todos sus bienes y se endeudaran al máximo'. Un hecho que no quedó probado en el juicio.

En este caso, el magistrado señala que el hecho de que años después, una vez divorciado de su mujer, le hubiera dado trabajo al imputado y hubiera viajado con él a Cuba, no es suficiente para inculparle. Incluso arroja la duda sobre si estuviera bajo la influencia del imputado.

Fuente: Europa Press, 1/07/09.


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